El departamento de San Marcos se encuentra en una encrucijada estructural donde convergen desigualdades históricas, debilidad institucional y una alta dependencia de decisiones tomadas a nivel central. Indicadores nacionales muestran que los territorios con mayores brechas sociales concentran menores niveles de inversión pública per cápita, revelando una disonancia entre necesidad social y asignación normativa. Esta contradicción no es meramente técnica, sino profundamente política y jurídica.
En el plano legislativo, el Congreso de la República se erige como el espacio donde dichas asimetrías pueden ser corregidas o perpetuadas. La IX Legislatura enfrenta el desafío de articular reformas legales capaces de traducir datos estadísticos, demandas sociales y principios constitucionales en normas eficaces. En este contexto, la Línea de Acción No. 2 —focalización presupuestaria basada en criterios de vulnerabilidad territorial— adquiere centralidad estratégica.
El presente artículo, desarrollado en formato de diálogo académico, recoge la visión del escritor, educador y diputado Douglas Rivero Mérida, representante de San Marcos, sobre la articulación entre jurisprudencia, iniciativas de ley y actores sociales para reconfigurar la percepción actual del desarrollo desde el derecho parlamentario.
Entrevista
Estado, territorio y decisión legislativa para el desarrollo integral de San Marcos
Douglas Rivero Mérida
Escritor y educador
Entrevista
Pregunta: Desde una perspectiva jurídica, ¿por qué es necesario replantear los criterios tradicionales de asignación presupuestaria?
Respuesta: Porque el presupuesto es una norma materializada. Cuando se asigna sin criterios de equidad territorial, el derecho deja de cumplir su función correctiva. La Constitución establece el bien común como fin supremo del Estado, y eso exige reconocer que no todos los territorios parten del mismo punto. San Marcos necesita un trato diferenciado jurídicamente justificado.
Pregunta: ¿Qué papel juega la jurisprudencia constitucional en este replanteamiento?
Respuesta: La Corte de Constitucionalidad ha sido clara al señalar que los derechos sociales son exigibles progresivamente. Esto implica que el legislador debe demostrar razonabilidad en la asignación de recursos. La ausencia de focalización territorial puede interpretarse como una omisión contraria al principio de igualdad material.
Pregunta: ¿Cómo se vinculan estas ideas con las iniciativas de ley presentadas durante la legislatura?
Respuesta: Varias iniciativas responden a esta lógica. Por ejemplo, la reforma a la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Estadística (Iniciativa 5917) fortalece la producción de datos confiables, condición indispensable para justificar legalmente una reasignación presupuestaria basada en evidencia. Sin estadística pública robusta, la política pública pierde legitimidad.
Pregunta: ¿Qué otros proyectos normativos refuerzan esta visión integral?
Respuesta: La iniciativa sobre protección de datos personales (5921) es clave, porque garantiza confianza institucional y uso ético de la información ciudadana. Asimismo, las reformas al Benemérito Cuerpo Voluntario de Bomberos (6199) y al Instituto de Recreación de los Trabajadores (6314) muestran cómo la ley puede fortalecer servicios esenciales que inciden directamente en bienestar y cohesión social.
Pregunta: Algunos críticos señalan que estas reformas son sectoriales y no territoriales. ¿Cómo responde a esa percepción?
Respuesta: Es una lectura incompleta. Toda norma tiene impacto territorial, aunque no lo declare expresamente. El reto es articularlas bajo una visión sistémica desde el Congreso, donde las comisiones, el pleno y los diputados distritales alineen estas leyes con realidades como las de San Marcos.
Pregunta: ¿Cuál es el rol de los actores locales en esta articulación legislativa?
Respuesta: Fundamental. Los Consejos de Desarrollo, municipalidades, academia, sector productivo y organizaciones sociales deben convertirse en fuentes activas de insumo legislativo. El derecho no se produce en el vacío; se construye desde la interacción social. Cuando estos actores participan, la ley gana legitimidad y eficacia.
Pregunta: ¿Cómo se desarticulan los esquemas de percepción actuales que normalizan la desigualdad?
Respuesta: Mediante pedagogía legislativa. Como educador, creo que explicar por qué una reasignación diferenciada no es privilegio sino justicia correctiva cambia el debate público. El Congreso debe comunicar mejor el sentido de sus decisiones, especialmente en territorios históricamente marginados.
Pregunta: Finalmente, ¿qué responsabilidad ética asume el legislador en este proceso?
Respuesta: Una responsabilidad histórica. Legislar es decidir quién queda dentro y quién fuera del proyecto de país. Para San Marcos, cada iniciativa y cada voto cuentan. El derecho debe ser un instrumento de dignidad, no de exclusión silenciosa.
Conclusión
La Línea de Acción No. 2, centrada en la focalización normativa de recursos y capacidades, encuentra en el debate legislativo una vía concreta de materialización. El análisis expuesto demuestra que la reforma legal, cuando se sustenta en jurisprudencia, datos estadísticos y participación multisectorial, puede redefinir el modelo de desarrollo territorial. En el caso de San Marcos, el Congreso no solo legisla: reconfigura horizontes de posibilidad. La experiencia y visión de Douglas Rivero Mérida evidencian que el derecho parlamentario, ejercido con conciencia territorial, puede convertirse en un catalizador de equidad, gobernanza y transformación estructural sostenible.
Referencias
- Congreso de la República de Guatemala. (2023). Iniciativas de ley y proceso legislativo.
- Corte de Constitucionalidad de Guatemala. (2019). Jurisprudencia sobre derechos sociales y progresividad.
- Instituto Nacional de Estadística. (2022). Indicadores socioeconómicos departamentales.
- Sen, A. (1999). Development as freedom. Oxford University Press.